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Ley de Portabilidad Numerica
#1
Para el qwe vivio abajo de una piedra los ultimos.. años, la portabilidad numerica es la ley que te da el derecho a ser dueño de tu propio numero y llevartelo a la empresa de telefonia qwe se te cante (ej: pasarse de claro a vomistar sin tener qwe cambiar el numero)

Estuve leyendo la ley y como imagino qwe nadie se va a poner a leerla entera, les busqwe los Arts qwe mas pueden importarnos y lo "resumi" al final por si son pajas hasta para leer los Arts:

Cita:“Artículo 6º.- Sujetos de la Portabilidad Numérica

El Cliente será el sujeto de la Portabilidad Numérica y podrá iniciar el Proceso de Portabilidad Numérica en cualquier momento ante el Prestador Receptor.

El usuario del servicio móvil prepago podrá portar su número y, a los fines del presente Régimen, le serán aplicables los derechos y obligaciones de los Clientes”
.
En otras palabras, hay qwe presentarse ante el prestador para solicitar la portacion de numero, NO SE HACE AUTOMATICAMENTE

“Artículo 8º.- Modelo y Sistema de Portabilidad Numérica
El modelo de Portabilidad Numérica será el de Base de Datos Centralizada. El sistema a utilizar será el de consulta de todas las llamadas (All Call Query). La Base de Datos Centralizada mantendrá actualizada la información de Números Portados periódicamente, a los efectos de que los Prestadores de servicios portables y aquellos que adhieran al referido sistema, mediante consultas, determinen el enrutamiento de las llamadas.”

Si se registran, quedan en una base de datos (eso va por si alguien es medio paranoico)

“Artículo 11.- Comité de Portabilidad Numérica
Se creará un comité integrado por dos representantes, un titular y un suplente, de cada Prestador de servicios portables.”

Esto solo lo puse para qwe sepan donde ir a qwejarse

“Artículo 18.- Derechos y obligaciones de los Clientes
El Cliente tendrá derecho a:
a) Seleccionar al Prestador de servicios portables cuya oferta le resulte más conveniente;”

Derecho a elegir el prestador que uno quiera
“b) Obtener información sobre las condiciones en que se realizará la Portabilidad Numérica y las ofertas de servicio;”
Derecho a saber como se va a hacer el tramite
“c) Solicitar en cualquier tiempo la Portabilidad Numérica de su/s número/s;”
Derecho a iniciar el tramite cuando se te cante. Hay qwe destacar qwe SE PUEDE PORTAR MAS DE UN NUMERO
“d) Que su Solicitud de Portabilidad Numérica sea aceptada, excepto que se verifique al menos una de las causales de rechazo enumeradas en el Artículo 28;”
De nuevo, no te pueden impedir realizar el tramite
“e) Tener garantizada la privacidad de sus datos personales;”
Habeas Data
“f) Tener acceso a la información sobre el estado de su Portabilidad Numérica, a través de un medio de atención telefónica de acceso gratuito, consultas en línea y otros medios que se establezcan sin cargo y en forma no discriminatoria;”
Se explica solo, uno se puede informar por medio de un numero gratuito
“g) Efectuar el reclamo ante el Prestador de servicios portables que corresponda en caso de omisiones, demoras, irregularidades, o cualquier otra cuestión relacionada con la Portabilidad Numérica;”
Derecho a qwejarte
“h) Efectuar un reclamo ante la Autoridad de Control, de conformidad con lo establecido en el Artículo 22;”
Si no te dan bola podes ir a la autoridad de control
“i) Liberación de la terminal móvil y/o equipo de Cliente, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 25 d).”
Liberarte una vez qwe garpaste todo (Lo mismo que sucede ahora)

“El Cliente tendrá la obligación de:
b) Abonar el cargo por portación en los términos del Artículo 34, en caso de corresponder;”

La portacion NO ES GRATUITA

“Artículo 19.- Obligaciones de los Prestadores (…)
a) Asegurar al Cliente el derecho a la Portabilidad Numérica de forma no discriminatoria;”

Again, no te lo pueden impedir
“b) Informar al Cliente las condiciones de Portabilidad Numérica, en especial:
I. Condiciones de la oferta de servicio,
II. El cargo a pagar por la portación, en caso de corresponder,
III. Plazo de activación del nuevo plan de servicio vinculado al Número Portado,
IV. Condiciones de interrupción del servicio,
V. Condiciones de rescisión contractual;”

Se explica solo
“c) Tener disponible el formulario de Solicitud de Portabilidad Numérica en su sitio web y centros de atención al cliente;”
Sitio web… comodidad AWWWW YEAAHH
“e) Disponer de un medio de atención telefónica de acceso gratuito y consultas en línea para que el Cliente pueda acceder al estado en que se encuentra su Proceso de Portabilidad Numérica. Se podrán establecer otros medios sin cargo y en forma no discriminatoria;”
Para saber en que estado esta el tramite
“g) Cumplir los plazos establecidos en el Proceso de la Portabilidad Numérica;”
Es de 10 dias maximo
“h) Garantizar la continuidad y calidad de la prestación del servicio de telecomunicaciones durante el Proceso de Portabilidad Numérica;”
No te pueden cortar el servicio mientras tramitas
“j) El Prestador Receptor deberá: (…)
V. Ante la baja del servicio de un Número Portado, comunicar al Administrador de la Base de Datos la baja del número en su red, el que será devuelto al Prestador de servicios portables al que se lo asignó originariamente;”

Se puede pedir la baja a la portacion

“Artículo 22.- Reclamos
El Cliente podrá efectuar un reclamo vinculado con omisiones, demoras, irregularidades o cualquier otra cuestión relacionada con la Portabilidad Numérica ante el Prestador de servicios portables correspondiente, en el plazo de SESENTA (60) días corridos contados a partir de que se produce el hecho que origina el reclamo. Sólo en los casos de no recibir una respuesta satisfactoria o cuando el Prestador de servicios portables no le hubiera contestado su reclamo dentro de los TRES (3) días hábiles de haberlo presentado, podrá requerir la intervención de la Autoridad de Control, la que previo traslado al Prestador de servicios portables, resolverá en sede administrativa. La intervención de la Autoridad de Control deberá ser requerida hasta DIEZ (10) días hábiles contados a partir de la respuesta de aquel o del vencimiento del plazo para otorgarla.
Asimismo, la Autoridad de Control podrá solicitar al Prestador de servicios portables toda la información que posea sobre un reclamo iniciado por un Cliente; en caso en que aquel no la remita, se resolverá el reclamo con la información provista por el reclamante, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder.
No se podrá suspender el servicio o dar de baja a un número que se encuentre cursando un reclamo respecto a la Portabilidad Numérica.”

Se explica solo… Destaco qwe durante el puterío no te pueden suspender el servicio





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#2
Continua un poqwito mas
Cita:“Artículo 25.- Disposiciones Generales del Proceso de Portabilidad Numérica
El detalle del Proceso de la Portabilidad Numérica será especificado por el Comité de Portabilidad Numérica, teniendo en consideración las siguientes disposiciones generales:
a) El Proceso de Portabilidad Numérica será iniciado por la solicitud expresa del Cliente al Prestador Receptor. La Solicitud de Portabilidad Numérica deberá contener la totalidad de los campos requeridos y documentación complementaria de acuerdo a lo establecido en el Artículo 24.2 c). El Prestador Receptor deberá coordinar con el Cliente la fecha a partir de la cual iniciará las gestiones de la Portabilidad Numérica;”

Uno tiene que comenzar el tramite ante el prestador del servicio, presentando la documentación necesaria.
“b) La Portabilidad Numérica no eximirá al Cliente ni al Prestador Donante de cumplir con sus obligaciones contractuales. El Cliente deberá cancelar o acordar un plan de pago para las deudas provenientes de la utilización del servicio y sus intereses punitorios, de corresponder. Esto no debe suponer una barrera artificial para la Portabilidad Numérica;”
Podes empezar aunque tengas deudas, pero tenes que acordar un plan de pagos como minimo
“c) Tratándose de Clientes que no hayan cumplido con el tiempo de vigencia establecido en el contrato preexistente, deberán abonar las penalidades que se hayan estipulado por la cancelación anticipada del contrato, de acuerdo a lo expresamente pactado y la normativa vigente;
d) Una vez abonado el cargo total de la terminal móvil y/o equipo, el Cliente tendrá derecho a que se proceda a su liberación;”

Esto es para los que compraron un celular y tienen qwe estar pegados 12 meses, o los qwe estan pegados por un contrato preexistente. Hay qwe cancelar el contrato (pagando las penalidades correspondientes), una vez cumplido, uno queda liberado.
Teniendo en cuenta el inciso B, se podria acordar un plan de pagos en vez de tener qwe poner toda la mosca junta.
“e) Una vez iniciado el Proceso de Portabilidad Numérica el Prestador Donante no podrá realizar prácticas de retención del Cliente que lo hubiere solicitado;”
No te pueden pedalear el tramite
“f) El Prestador Receptor y el Prestador Donante deberán coordinarse para evitar que durante el Proceso de Portabilidad Numérica, el Cliente se quede sin servicio por un tiempo mayor al establecido en el Artículo 32;”
El art 32 habla de 3 horas como maximo
“g) El Cliente podrá portar su número cuantas veces quiera según sus necesidades y conveniencia. No se podrán establecer plazos mínimos de permanencia con el Prestador Receptor mayores a SESENTA (60) días contados a partir de que el número está efectivamente portado; (Inciso sustituido por art. 2º de la Resolución Nº 67/2011 de la Secretaría de Comunicaciones B.O. 15/07/2011)”
Esto es IMPORTANTISIMO, no te pueden agarrar por mas de 2 meses!
“h) No se podrá suspender el servicio o dar de baja a un número que se encuentre en Proceso de Portabilidad Numérica o que curse un reclamo respecto a la Portabilidad Numérica”
Se explica por si mismo

“Artículo 27.- Portabilidad Múltiple
El Cliente, titular de una relación contractual que acoge la prestación de servicios portables a través de varios números, podrá portarlos a través de una sola solicitud, siempre que presente la documentación que acredite su titularidad o poder suficiente para contratar en nombre de la persona jurídica.
El Comité de Portabilidad Numérica definirá la cantidad mínima de números a portar para que una Solicitud de Portabilidad Numérica sea considerada múltiple.”

Se puede solicitar la portacion de dos o mas numeros, pudiendo hacerse todo en la misma solicitud

“Artículo 28.- Causales de rechazo
El Prestador Donante podrá rechazar la Solicitud de Portabilidad Numérica sólo si se verifica alguna de las siguientes causales:
a) Los datos contenidos en la Solicitud de Portabilidad Numérica son incorrectos o incompletos;
b) El número a portar es inexistente o no asignado;
c) Se encuentra en proceso otra Solicitud de Portabilidad Numérica para el mismo número.”

La primer y segunda causal son… Duh D:
La tercera te jodes por solowpoke


“Artículo 31.- Plazos del Proceso de Portabilidad Numérica
El Proceso de Portabilidad Numérica no podrá ser mayor a DIEZ (10) días hábiles. La Autoridad de Aplicación podrá modificar el plazo en base a la experiencia adquirida en la práctica del Proceso de Portabilidad Numérica y a los avances tecnológicos.”

El tramite no puede durar mas de 10 dias





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#3
va a ser TAN gangrapeada esta ley.... tanto y con tanta violencia.... D=





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#4
que significa que no es gratuita? si cuesta $15.140,98 ... todo ésto es un circo, no? WTF....





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#5
El tema es que es para clientes prepagos, es decir, los que cargan saldo virtual/compran tarjetas. Los que tienen planes de datos y/o pagan fijo todos los meses la re comen.

Yo había escuchado de la ley cuando la aprobaron, pero no sabía desde cuándo entraría en vigencia. Es medio una patada en los huevos que tengas que pagar por hacer tu número "portable", y ni siquiera establecen de cuánta platan hablan.





Miles Edgeworth escribió:"Though I grow with each revolution of the planet around the sun... I have the distinct impression he continues to madly spin in place."
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#6
Es que esto es una ley, destinada a ser más o menos estable. Por eso los precios son dejados para que el ejecutivo lo fije por decretos.





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#7
SI NO ME EQWIVOCO el valor del tramite es de CUATRO pesos





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#8
La ley de portabilidad numerica no tiene un par de años como la ley de que los transportes publicos tengan SUBE?





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#9
Es del 2010 como minimo, no se si del 2009.





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#10
bien!!!!!! ahora si!! (?)





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